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Caso de Proceso Técnico Educativo.

Caso de Proceso Técnico Educativo.
En el Instituto Nacional de Educación Básica Las Lomas situado en Caserío Las Charcas 3-60 zona 2 de Aldea Palo Blanco Nueva Concepción. se presenta el siguiente caso:
Francisco Manuel Pérez Reynosa de tercer grado básico de la sección “B”.
Se ha caracterizado por ser buen estudiante destacado en el cuadro de honor de dicho instituto. En el mes de mayo tuvo un inconveniente en una actividad de aprendizaje del área de Comunicación y Lenguaje la cual la imparte la profesora Carla Lucia Orellana Arévalo. En una tarea de investigación que dejo la profesora, el estudiante obtuvo una nota de 4 sobre 10 puntos.
Al momento de llegar a casa el estudiante le cuenta a su mamá que la profesora le calificó con bajo punteo la tarea.  La madre de familia se sorprendió con la nota obtenida, ya que el alumno se esforzó por entregar muy bien la tarea con todos los requisitos y lineamientos que la profesora había solicitado, la madre de familia, al día siguiente  se presenta con la profesora Carla Orellana y le pidió por favor que le diera la oportunidad de corregir la tarea, aplicándole plan de mejoramiento a su hijo.
La profesora responde que NO se podía y que esa nota ya estaba registrada en el cuadro de zona del segundo bimestre y que por culpa de él no iba a manchar ni a volver hacer sus notas ya que no podía hacer nada para resolverle y que así se iba a quedar.


La madre de familia, no satisfecha de la forma como se expreso la profesora y de no darle solución, se dirigió a Dirección a platicarle el problema a la directora.




Solución  del caso:
La directora del Establecimiento Educativo Licda. Corina Salguero de Hernández. Notifica a la profesora que tiene que presentarse a dirección, para atender un asunto educativo referente al estudiante Francisco Manuel Pérez Reynosa. Informándole a la profesora, que tiene la obligación de dar plan de mejoramiento a los alumnos que meritan este derecho.


Porque lo ampara el ACUERDO MINISTERIAL 1,171-2,010 del CAPITULO VI PROCESO DE MEJORAMIENTO DE LOS APRENDIZAJES. En sus artículos:
Articulo 11  El proceso del mejoramiento de los aprendizajes es continuo. Está constituido por las actividades de aprendizaje y evaluación que la o el docente aplica o desarrolla, tendientes a mejorar el nivel de logro de los aprendizajes.
Articulo 12 planificaciones y ejecución del proceso del mejoramiento este proceso debe planificarse y realizarse inmediatamente después de cada actividad de evaluación, con base a las necesidades detectadas en cada una de las actividades de evaluación de los aprendizajes realizados. Las y los estudiantes, que por causas justificadas (Migración, enfermedad y otras) tendrán derecho a las actividades de evaluación y alas de mejoramiento, si fueran necesarias.
En conclusión la profesora sabiendo que existe base legal para el plan de mejoramiento deberá de aplicarlo.  

Ya que la directora le argumento con bases legales en mano que la postura de ella en no dar plan de mejoramiento estuvo incorrecta,  porque existen leyes que apoyan al estudiante. 




Autor: Vilma Carolina Rogel Letona

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